GESTIÓN ACADÉMICA

Horario
  


RÉGIMEN ACADÉMICO


1.  ¿QUE SE EVALUA?
Se evalúa el formar ciudadanos capaces de convivir pacíficamente, de cooperar para el bien de toda la comunidad y de respetarse mutuamente, así como de ser personas capaces de enfrentar los diferentes retos que exigen los cambios culturales, científicos y tecnológicos y los desempeños laborales y empresariales para ser cada vez mas productivos y creativos.

ARTICULO 02. EVALUACIÓN.
La evaluación del aprendizaje es un proceso permanente y objetivo para valorar el Nivel de Desempeño de nuestros estudiantes. La evaluación se hará por competencias cognoscitivas, de contenido académico, de destrezas empresariales, espirituales, socio afectivos, psicológicas, estéticas, psicomotoras y físicas. Esta se hará fundamentalmente por comparación de los estados de desarrollo del alumno, con relación a las competencias generales y específicas establecidas para cada asignatura en su correspondiente currículum, las cuales reflejan los indicadores de logro por conjunto de grados establecidos por el Ministerio de Educación Nacional en la Resolución 2343 de Junio de 1996, le Ley General de Educación 115 de 1994 y normas reglamentarias (Estándares, Lineamientos y Competencias).

ARTICULO 03. CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
La evaluación será continua, integral, acumulativa (por semestre) en cuanto a contenido y cuantitativa.

Continua: La evaluación se ve como un proceso que se lleva a cabo de forma frecuente, articulado con la enseñanza de los conceptos y destrezas. Es decir, a medida que se enseña una temática, el profesor busca el mecanismo informal, oral o escrito, para evaluar de forma diagnóstica y/o periódica el progreso del estudiante hacia el logro de sus logros  y competencias.
Integral: Se entiende por integral, la inclusión en toda evaluación de, al menos, una pregunta que permita establecer el criterio personal del alumno (AUTOEVALUACIÓN), indicado éste por el afecto, la opinión, la actitud y/o, el comportamiento (acción) del alumno frente a los conceptos estudiados. Además, a través de evaluaciones informales diagnósticas y de observaciones diarias, se logrará evaluar este aspecto afectivo.
Acumulativa: Con relación al contenido, las evaluaciones comprenderán competencias vistas con anterioridad (semestral, es decir, máximo dos periodos consecutivos).
Cuantitativa: Los informes a padres se emitirán cuantitativamente, con una escala valorativa de 0 a 5,00 y deben reflejar el nivel de desempeño y logro de las competencias cognoscitivas y de desarrollo formativo. Estos informes se complementarán con conferencias padres, alumnos y profesores cuya finalidad será la de buscar la autoevaluación del alumno.

ARTICULO 04.  ESCALA DE VALORACIÓN DE DESEMPEÑOS.
De conformidad con el Decreto 1290 del 16 de abril de 2009 en su Art. 5, el colegio aplica la siguiente escala de valoración institucional de carácter cuantitativo equivalente con la escala nacional:

ESCALA CUANTITATIVA INSTITUCIONAL
ESCALA DE DESEMPEÑO NACIONAL
EQUIVALENTE ESCALA CUALITATIVA
1,00 – 2,99
DESEMPEÑO BAJO
I
3,00 – 3,99
DESEMPEÑO BÁSICO
A
4,00 – 4,59
DESEMPEÑO ALTO
S
4,60 – 5,00
DESEMPEÑO SUPERIOR
E

La escala de valoración de desempeños será de 0 a 5,00, siendo 3,00 la nota mínima requerida para aprobar una asignatura. Los siguientes son criterios de evaluación definidos para cada uno de los desempeños y que se tendrán en cuenta en las valoraciones finales de cada una de las áreas:

Desempeño Superior: Asume un comportamiento excelente y acorde con los valores y la filosofía propuesta por la Institución, alcanzando óptimamente los logros propuestos y ejecutando de manera apropiada los procesos que le permitan enriquecer su aprendizaje. El estudiante obtiene esta valoración cuando:
·  Alcanza la totalidad de los logros y evidencia el dominio de todos los indicadores de desempeño propuestos desde el primer día del período, hasta la fecha de finalización del mismo.
·   No requiere de actividades complementarias de refuerzo y superación.
·   No tiene faltas de asistencia o presenta excusa justificada de ellas.
·   No presenta dificultades en su convivencia y en su relación con los demás.
· Desarrolla las actividades con expectativas que superan las exigencias esperadas.
·   Hace aportes valiosos durante las clases.
·   Manifiesta sentido de pertenencia institucional.
·   Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo.
· Participa activamente en el desempeño y desarrollo de las diferentes actividades en el aula y en la institución.
·   El trabajo en el aula es constante y enriquece al grupo.
·   Su comportamiento y actitud, contribuye a la dinámica de grupo.
·   Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las temáticas vistas en clase.
·  Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas y las argumenta con propiedad.

Desempeño Alto: Mantiene una actitud positiva y un comportamiento sobresaliente dentro de los valores y la filosofía del colegio, alcanzando satisfactoriamente los logros propuestos, en su proceso de aprendizaje. El estudiante obtiene esta valoración cuando:
  • Alcanza la totalidad de los logros y evidencia el dominio de todos los indicadores de desempeño propuestos desde el primer día del período, hasta la fecha de finalización del mismo, pero con algunas actividades complementarias.
  • No requiere de actividades complementarias de refuerzo y superación.
  • Tiene faltas de asistencia y son justificadas.
  • Reconoce y supera sus dificultades de convivencia.
  • Desarrolla las actividades curriculares específicas.
  • Manifiesta sentido de pertenencia a la institución.
  • Mantiene un buen ritmo de trabajo.
  • Participa moderadamente en el desarrollo de las actividades en el aula.
  • El trabajo en el aula es constante, aportando con discreción al grupo.

Desempeño Básico: Presenta una actitud y comportamiento aceptable con los valores y la filosofía del colegio, cumpliendo los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños necesarios en el área. El estudiante obtiene esta valoración cuando:
  • Alcanza la totalidad de los logros y evidencia el dominio de todos los indicadores de desempeño propuestos desde el primer día del período, hasta la fecha de finalización del mismo.
  • Requiere de actividades complementarias de refuerzo y superación.
  • Presenta faltas de asistencia, algunas sin justificación
  • Presenta alguna dificultad de convivencia.
  • Manifiesta poco sentido de pertenencia a la institución.
  • Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas
  • Participa eventualmente en clases.
  • Su trabajo en el aula es inconstante.
  • Es inconstante en la presentación de sus trabajos, consultas y tareas; las argumenta con dificultad.

Desempeño Bajo: Presenta actitud insuficiente y de desinterés ante los valores, la filosofía del colegio y ante los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños básicos necesarios en el área.  El estudiante obtiene esta valoración cuando:
  • No alcanza la totalidad de los logros y los indicadores de desempeño propuestos desde el primer día del período hasta la fecha de finalización del mismo, a pesar de participar en las actividades de superación realizadas.
  • Presenta faltas de asistencia, algunas de ellas no justificadas, las cuales afectan su desempeño.
  • Presenta dificultades de convivencia.
  • No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas para el período.
  • No manifiesta sentido de pertenencia a la institución.
  • No se presenta a las actividades de refuerzo y superación.
  • No entrega las evaluaciones o las entrega sin desarrollar.
  • El ritmo de trabajo es inconstante, lo que dificulta progreso en su desempeño académico.
  • Manifiesta poco interés por aclarar las dudas sobre las temáticas trabajadas.
  • Necesita ayuda constante para profundizar conceptos.
  • Presenta deficiencias en la elaboración argumentativa y en la producción escrita.
  • Evidencia desinterés frente a sus compromisos académicos.
  • Afecta con su comportamiento la dinámica del grupo.

ARTICULO 05.  PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA Y ESTRUCTURA DE LOS INFORMES. En cumplimiento del Art. 11 numerales 4 y 6 del Decreto 1290, el colegio establece que:
·  El año escolar queda dividido en cuatro periodos escolares compuestos cada uno por 10 semanas.
· La evaluación de los estudiantes será continua e integral y se hará con referencia a cuatro períodos, al finalizar cada uno los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se muestra la valoración asignada en cada una de las áreas y los criterios de evaluación que describen el desempeño del estudiante en el transcurso del periodo escolar.
· Los informes a padres se emitirán cuantitativamente, con una escala valorativa de 0 a 5,00 y refleja el nivel de desempeño y logro de las competencias cognoscitivas y de desarrollo formativo.
· Estos informes se complementarán con asambleas de padres, alumnos y profesores cuya finalidad será la de buscar la autoevaluación del alumno, con relación a sus destrezas y necesidades. Estas asambleas de entrega de informes académicos se realizarán un día Sábado y en horario de 9:00 am a 12:00 m al cierre de cada periodo escolar, con asistencia obligatoria del padre de familia (Fechas por definir en calendario escolar de cada año).
·  Los padres recibirán cinco informes, incluyendo el informe final que dan cuenta del proceso de avance de los educandos donde se evidencien fortalezas y dificultades; se harán recomendaciones y estrategias para mejorar.
·   Cada Informe escolar tendrá la nota final de cada asignatura y la definitiva por áreas; así mismo, los estudiantes con logros pendientes y desempeño bajo recibirán sus actividades de recuperación y apoyo escolar junto a un compromiso académico emitido por la Comisión de Evaluación Escolar con recomendación a padres, estudiantes y docentes;
·  Los alumnos con estas actividades de recuperación llevarán un Portafolio donde llevarán las actividades de recuperación y exámenes finales de cada periodo en estricto orden.
·   Para la elaboración del informe final se promediarán los periodos cursados. La definitiva debe ser igual o superior a 2,99 (desempeño básico) para que el área se considere aprobada.
· En caso de no pago oportuno de los cobros pactados al momento de la matrícula, los establecimientos de educación privada preescolar, básica y media podrán retener los informes de evaluación de los estudiantes, a menos que los padres de familia o responsables de estas obligaciones puedan demostrar un hecho sobreviniente que les impida cumplirla. (Artículo 7. Resolución No. 6404 del 15/09/09).

ARTICULO 06.  LAS COMISIONES DE EVALUACION Y PROMOCIÓN.
Integrada por docentes, un padre de familia elegido por el consejo de padres de familia, representantes de estudiantes y el rector. La comisión estudiara los casos de los estudiantes candidatos a repetir, y determinara previamente el estudio de cada uno, cual debe ser el estudiante no promovido. Estas comisiones se reunirán al finalizar cada periodo escolar y evaluará el rendimiento de los estudiantes determinando y dictando disposición de seguimiento, apoyo y compromisos a padres, estudiantes y docentes donde se encuentren problemas o dificultades académicas.

ARTICULO 07.  PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS.
La promoción consiste en el avance del alumno, según sus capacidades y aptitudes personales al siguiente grado, al finalizar el año escolar la comisión de evaluación y promoción de cada grado se encargará de decidir cuáles estudiantes deben repetir un grado determinado, atendiendo a las directrices consignadas en nuestro Sistema de Evaluación Institucional y consignadas en el manual de convivencia.
1.  LA REPROBACIÓN.
Las Comisiones de Evaluación y Promoción determinan la REPROBACIÓN del grado, (cuando cumplido el debido proceso académico que la Ley General de Educación, el Decreto 1290 / 09 y este Sistema de Evaluación Institucional) a aquellos ESTUDIANTES que:
·  En 1º , 2º y 3º grado, no serán promovidos los estudiantes quienes al finalizar el año escolar obtengan una evaluación final inferior a 3,50 en dos de las siguientes asignaturas: Inglés, Matemática y  Español.
·   Estudiantes que hayan obtenido Desempeño Bajo en TRES o más áreas en el promedio del informe final.
·  Cuando el estudiante obtenga Desempeño Bajo en UNA o en DOS áreas, siempre y cuando las dos áreas no sean MATEMÁTICAS y HUMANIDADES tendrá derecho a presentar una jornada de recuperación final para aprobarlas (habilitaciones). Si el estudiante obtiene Desempeño Bajo en UNA de las dos áreas repite el grado.
·   Estudiantes que hayan obtenido en el informe final Desempeño Bajo en CINCO asignaturas o más.
·   Cuando el estudiante en el informe final obtenga desempeño bajo en menos de CINCO asignaturas tendrá derecho a una jornada de recuperación y habilitación final para aprobarlas; Sí el estudiante en el promedio de las habilitaciones obtiene una calificación menor a 3,50 repite el grado. 
·   Estudiantes que hayan dejado de asistir justificada o injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas durante el año escolar (incluyendo jornadas especiales izadas de bandera u otros actos culturales).
·    Cuando un área está conformada por dos asignaturas o más, según el plan de estudios definido para ese grado y año respectivo, es condición necesaria para aprobar el área el que el promedio final de la misma sea igual o superior a TRES CINCO (3,50).
· Los estudiantes que culminen la educación media obtendrán el título de BACHILLER ACADÉMICO, cuando hayan cumplido con todos los requisitos de promoción adoptados por el colegio en el Proyecto Educativo Institucional de acuerdo con lo contemplado en el Decreto 1290. Además de cumplir con las normas reglamentarias exigidas por el MEN y la Secretaría de Educación Distrital para tal efecto, como el Servicio Social Obligatorio (Ley 115 de 1994 y decreto 1860 de 1994) entre otros.
- Estar a Paz y Salvo con el Colegio por todo concepto.
- Presentación y aprobación del proyecto de investigación empresarial con nota promedio superior a 4,00.
-  Haber realizado la cancelación de los derechos de grado.
·   
Promoción para grado ONCE Los estudiantes del grado ONCE que al finalizar el año lectivo, no hayan alcanzado desempeño básico en una o dos áreas, quedan aplazados hasta realizar las actividades complementarias que les permitan superar las dificultades. Sólo entonces podrán ser promovidos y optar por el título de bachiller. Estos estudiantes NO serán proclamados en ceremonia solemne de grado.

·   Promoción para grado décimo. Los estudiantes de grado décimo realizarán un proyecto de investigación social como preámbulo a la investigación; este proyecto tendrá una duración de tres periodos escolares y será sustentando y calificado en el último periodo de clases. Serán promovidos aquellos estudiantes cuya presentación y aprobación del proyecto de investigación empresarial con nota promedio superior a 4,00, los demás realizarán correcciones a sus proyectos y si/no reprobaran el año escolar.
· Los estudiantes de grado Noveno y Quinto que hayan obtenido desempeño bajo en tres o más asignaturas no participaran en ceremonia de certificación de la Educación básica.
·   Los demás estudiantes serán promovidos al siguiente grado.
NOTA 01: Ningún estudiante se podrá matricular en el grado siguiente si no ha aprobado TODAS las áreas de estudio.
NOTA 02. Ningún estudiante puede ser retirado de la institución por no ser promovido.
NOTA 03. Los educandos no promovidos que continúen en la Institución, contarán con la posibilidad de participar en el Programa Específico de Recuperación del año lectivo siguiente (Habilitación), el cual se desarrollará durante el primer periodo a más tardar, con el propósito de ofrecer la oportunidad de superar todas las insuficiencias que no aconsejaron su promoción y optar por la promoción anticipada.

2.  ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS.
Atendiendo a las directrices del Art. 7 del Decreto 1290, en todos los casos, se hará un seguimiento del estudiante no promovido y se favorecerá su promoción durante el primer periodo académico en la medida en que éste demuestre el mejoramiento de los desempeños que no permitieron su promoción.

Se le permitirá presentar pruebas de suficiencia al inicio del primer periodo académico de las áreas en las cuales quedó con desempeño bajo y por las cuales no se promovió. Para poder ser promovido al grado siguiente, es condición necesaria el que alcance un desempeño alto en todas las pruebas destinadas para ello, con el fin de demostrar que se encuentra nivelado con el resto del grupo. En caso de no superar dichas pruebas no es posible su promoción en nuestra institución.

Artiulo 08. ACTIVIDADES DE REFUERZO Y RECUPERACION.

Actividades de Refuerzo: son todas las actividades que el docente plantea durante las clases y después de las jornadas bimestrales de exámenes a los estudiantes, con el fin de aclarar dudas, afianzar conceptos y superar dificultades.
Actividades de Recuperación: son todas aquellas actividades que el docente realiza a un estudiante al finalizar el período, para darle la oportunidad de demostrar que los desempeño bajos presentados y los logros pendientes se han superado. Estas actividades se entregaran con el informe académico de cada uno de los periodos y serán evaluadas en la semana siguiente o en la  fecha estipulada por el comité académico (Durante la jornada regular de clases).
Actividades de Recuperación Definitivas (Habilitaciones): son todas las actividades de recuperación que se plantean al estudiante que al finalizar el año lectivo y después de participar en las actividades de refuerzo y recuperación, aún presenta desempeño bajo en una o dos áreas o menos de cinco asignaturas como máximo. Éstas se pueden llevar a cabo a más tardar una semana antes de iniciar el nuevo año lectivo y las cuales tendrán un costo complementario por materia y área estipulada por el consejo directivo.

Articulo 09. PROCESO DE REFUERZO Y RECUPERACIÓN.

Para dar claridad y organización se ha diseñado el siguiente proceso:
1.Las actividades de refuerzo se realizaran inmediatamente después de las jornadas de evaluación y serán en jornada regular de clases.
2. Al finalizar cada periodo la Coordinación Académica emite un cronograma en el cual el  estudiante debe presentarse para presentar las actividades de recuperación (en jornadas especiales).
3. Se notifica a padres de familia y estudiantes acerca de los logros no alcanzados, mediante un formato de actividades de recuperación que el docente entrega al estudiante al finalizar el período y en la entrega de informes académicos; el cual contiene las actividades que debe desarrollar  y los logros que debe superar, es indispensable y obligatorio que el estudiante lleve un PORTAFOLIO de recuperación donde agende estas actividades y formatos.
4. La actividad de recuperación es una responsabilidad compartida por el estudiante, los docentes y los padres de familia o acudientes. (Decreto 1860 Art. 49; Decreto 1290 Art. 13 y 15).
5. Se define en un formato llamado Plan de Nivelación individual que se entrega al estudiante y al padre de familia finalizando cada periodo escolar, el cual incluye: la descripción de la situación académica del estudiante, la estrategia de refuerzo (taller, asesoría personalizada) y la presentación de una prueba escrita o sustentación. Las asesorías brindadas por parte del docente y la aplicación de la prueba escrita se llevaran a cabo en la jornada especial de recuperación en la jornada regular de clases. Si el estudiante no se hace presente, perderá la oportunidad para presentar en ese periodo y se aplazará hasta el periodo siguiente.
6. El estudiante debe hacer entrega de los talleres y actividades debidamente diligenciados y sustentar los conocimientos al docente. Estudiante que no se presente o no supere la sustentación, no alcanzará a recuperar los logros pendientes.
7. Tanto el docente como el estudiante deben presentarse el día estipulado para la recuperación.
8. En caso de ser aprobado el logro, coordinación académica notificará para efectuar la actualización en el programa de notas. Si por el contrario no es aprobado, el estudiante tendrá una nueva oportunidad de recuperación al finalizar el nuevo periodo académico y la preparación para esta recuperación será responsabilidad del estudiante y sus padres.
9. En caso de que el estudiante repruebe las actividades bimestrales de recuperación, presentará las actividades finales de recuperación; si persiste en sus deficiencias, deberán presentar el trabajo final el presente año lectivo. 
10.El estudiante que no superó los logros pendientes, reprobará automáticamente el área en el siguiente periodo, donde las actividades de recuperación serán acumulativas; procesos que seguirán durante los cuatro periodos académicos.
11. Estudiante que acumule en dos áreas logros pendientes de tres periodos, automáticamente reprobara el grado actual.
12. Obligación especial de la familia: El padre o acudiente una vez enterado a través de cualquier medio, sobre el desempeño bajo del estudiante, deberá presentarse inmediatamente ante el profesor de la materia y/o titular de curso para definir y seguir el plan de nivelación individual sin esperarse hasta final del año. La Comisión de Evaluación y Promoción revisará el cumplimiento de los compromisos adquiridos entre la familia y el colegio. El eventual incumplimiento será causal para estudiar la permanencia del estudiante en la institución y su reprobación final sin perjuicio del derecho al debido proceso. (Decreto 1860 Art. 49; Decreto 1290 Art. 13 y 15).
13. La rectoría compromete a los docentes para que se aplique el sistema institucional de evaluación de los estudiantes; la coordinación general y el consejo académico hacen seguimiento de la aplicación del mismo.

NOTA 01. Estudiantes con logros pendientes tendrán jornadas especiales de recuperación durante las actividades culturales, deportivas o demás, programadas por la institución.

articulo 10. proceso ACADÉMICO.

El estudiante contará con un debido proceso académico, entendiéndose por el mismo los siguientes pasos:

1. Recibir por parte del docente al iniciar cada período, los logros y los indicadores de desempeño formulados para el período.
2.  Recibir por parte del docente información durante y al finalizar cada período académico, sobre las fortalezas, dificultades, recomendaciones y estrategias de refuerzo y superación, que posibiliten un mejor desempeño.

3.    En cada área se valorará el desempeño del estudiante y su competencia  de acuerdo a los logros e indicadores propuestos por el docente al comienzo del año escolar; por periodo mínimo dos y máximo tres logros por asignatura.
4.    La Calificación bimensual o por periodo será el promedio de las notas y de acuerdo a los criterios de porcentajes establecidos por cada docente y comunicados al inicio del periodo escolar.
5.  Cada periodo se clausurará con exámenes finales en cada asignatura y acumulativas o no por cada semestre máximo, criterio definido y divulgado por el docente al inicio de cada periodo.
6.    Ser notificado de las actividades de superación prescritas por la Comisión de Evaluación y Promoción al finalizar cada período académico.
7.    Participar durante cada período académico de las estrategias implementadas para el refuerzo y la recuperación de las insuficiencias presentadas durante el mismo.
8.    Si el estudiante no asiste a clases (Evaluaciones, eventos culturales y/o recuperaciones), debe presentar certificación médica o excusa con causa justificada (duelo, medida de seguridad, calamidad doméstica) a más tardar al día siguiente, para que sea tenida en cuenta y no se afecte su proceso académico. La excusa justificada y aceptada le dará la oportunidad de acordar con los docentes las fechas para la presentación de trabajos, talleres y evaluaciones pero no lo exime de sus obligaciones académicas, y las fallas contara en la jornada escolar.
9.    El estudiante ante cualquier inconsistencia reclamará en el siguiente orden ascendente: Docente del área, Orientador de grupo, Coordinador, Comisión de Evaluación y Promoción, Consejo Académico, Rector, Consejo Directivo.
10. Ser notificado por la respectiva coordinación y/o orientador de grupo de las consecuencias que acarrean su bajo rendimiento académico, para la Promoción y continuidad en la institución, a más tardar al inicio del último período académico.
11. La coordinación llevara registro exacto de la asistencia y participación de los estudiantes en las jornadas especiales de recuperación y habilitación final.

Articulo 11. AUTOEVALUACIÓN ESTUDIANTIL.

En todas las áreas y asignaturas y para cada periodo académico, se favorecerá la autoevaluación de los estudiantes con una intención netamente formativa que beneficie la toma de conciencia del proceso de aprendizaje y que le ayude al estudiante a establecer sus dificultades y avances en su desempeño.

Articulo 12. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO.

Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo consentimiento o solicitud de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva en el registro escolar.



 Programación 2012